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Promoción XLII - La APROXIMADA

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Unido
30 Abr 2017
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Don XXXXXX, con DNI n.º XXXXXXXX-X y número de opositor XXXXXX, habiendo concurrido a las pruebas celebradas el sábado día 25 de octubre de 2025,
EXPONE
Que la pregunta n.º 92 del examen de conocimientos Modelo A, que corresponde a su vez con la pregunta n.º 28 del examen de conocimientos Modelo B, celebrado el día 25 de octubre de 2025 tienen la siguiente redacción:
92/28.- Concluida la instrucción por la Oficina de Asilo y Refugio, ésta elevará la correspondiente propuesta de resolución debidamente motivada e individualizada al Ministro del Interior, a través de la:
a. Dirección General de Extranjería e Inmigración.
b. Comisión Interministerial de Inmigración.
c. Secretaría de Estado de Migraciones.
Que en la plantilla provisional de respuestas tanto de los mencionados Modelos A y B publicadas por Ud. se da como respuesta correcta la opción A (Dirección General de Extranjería e Inmigración).
Que dicha respuesta viene desarrollada en el artículo 10 (Propuesta de resolución) del Real Decreto 865/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida, si bien hay que mencionar que dicho órgano se encuentra suprimido desde el año 2004 conforme establece el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales en su artículo 5, apartado 3::
3. Queda suprimida la Dirección General de Extranjería e Inmigración, dependiente de la anterior Delegación del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración, cuyas funciones pasan a integrarse en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en la forma prevista en este real decreto.
En coherencia con lo expuesto, el artículo 5.3 del Real Decreto 562/2004 mencionado, suprimió del Ministerio del Interior la indicada Dirección General de Extranjería e Inmigración, dependiente de la citada Delegación del Gobierno, cuyas funciones, salvo las relativas al ámbito de actuación policial, pasaron a integrarse en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. No obstante, y dado el especial contenido de las funciones concernientes al asilo, al refugio, al régimen de apátridas y a la atención a los desplazados, se consideró conveniente que estas últimas funciones se siguieran ejerciendo por el Ministerio del Interior.
Todo lo anterior se hizo efectivo a través del Real Decreto 1599/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, que atribuyó estas funciones de asilo, refugio, el régimen de apátridas y la atención a los desplazados, a la Dirección General de Política Interior, y así se ha venido mantenido hasta febrero del año 2024.
En la actualidad, tras la publicación de la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior aprobada por el Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, se crea la nueva Dirección General de Protección Internacional y tal como se menciona en el Preámbulo de dicho Real Decreto se traspasan las funciones que hasta ahora ejercía la Dirección General de Política Interior en materia protección internacional, apatridia y régimen de personas desplazadas, que ahora son asumidas por esta nueva Dirección General de Protección Internacional.
Estas funciones específicas se describen en el artículo 15, apartado 1, de esta norma:
La Dirección General de Protección Internacional ejerce las competencias del Ministerio sobre la instrucción y tramitación de los procedimientos en materia de protección internacional, apatridia y protección temporal.
Y, concretamente relacionada con el objeto de esta solicitud de impugnación, las mencionadas en el artículo 15, apartado 1, letra l):
La instrucción y resolución de los expedientes administrativos sobre apatridia.
Por tanto, la pregunta planteada por el Tribunal debe ser anulada al haber un nuevo órgano encargado de esta competencia, y es por lo que,
SOLICITA
Que se tenga en cuenta la anterior exposición y se proceda a anular las p
reguntas referidas.
 
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Unido
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Don XXXXXX, con DNI n.º XXXXXXXX-X y número de opositor XXXXXX, habiendo concurrido a las pruebas celebradas el sábado día 25 de octubre de 2025,
EXPONE
Que la pregunta n.º 92 del examen de conocimientos Modelo A, que corresponde a su vez con la pregunta n.º 28 del examen de conocimientos Modelo B, celebrado el día 25 de octubre de 2025 tienen la siguiente redacción:
92/28.- Concluida la instrucción por la Oficina de Asilo y Refugio, ésta elevará la correspondiente propuesta de resolución debidamente motivada e individualizada al Ministro del Interior, a través de la:
a. Dirección General de Extranjería e Inmigración.
b. Comisión Interministerial de Inmigración.
c. Secretaría de Estado de Migraciones.
Que en la plantilla provisional de respuestas tanto de los mencionados Modelos A y B publicadas por Ud. se da como respuesta correcta la opción A (Dirección General de Extranjería e Inmigración).
Que dicha respuesta viene desarrollada en el artículo 10 (Propuesta de resolución) del Real Decreto 865/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida, si bien hay que mencionar que dicho órgano se encuentra suprimido desde el año 2004 conforme establece el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales en su artículo 5, apartado 3::
3. Queda suprimida la Dirección General de Extranjería e Inmigración, dependiente de la anterior Delegación del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración, cuyas funciones pasan a integrarse en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en la forma prevista en este real decreto.
En coherencia con lo expuesto, el artículo 5.3 del Real Decreto 562/2004 mencionado, suprimió del Ministerio del Interior la indicada Dirección General de Extranjería e Inmigración, dependiente de la citada Delegación del Gobierno, cuyas funciones, salvo las relativas al ámbito de actuación policial, pasaron a integrarse en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. No obstante, y dado el especial contenido de las funciones concernientes al asilo, al refugio, al régimen de apátridas y a la atención a los desplazados, se consideró conveniente que estas últimas funciones se siguieran ejerciendo por el Ministerio del Interior.
Todo lo anterior se hizo efectivo a través del Real Decreto 1599/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, que atribuyó estas funciones de asilo, refugio, el régimen de apátridas y la atención a los desplazados, a la Dirección General de Política Interior, y así se ha venido mantenido hasta febrero del año 2024.
En la actualidad, tras la publicación de la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior aprobada por el Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, se crea la nueva Dirección General de Protección Internacional y tal como se menciona en el Preámbulo de dicho Real Decreto se traspasan las funciones que hasta ahora ejercía la Dirección General de Política Interior en materia protección internacional, apatridia y régimen de personas desplazadas, que ahora son asumidas por esta nueva Dirección General de Protección Internacional.
Estas funciones específicas se describen en el artículo 15, apartado 1, de esta norma:
La Dirección General de Protección Internacional ejerce las competencias del Ministerio sobre la instrucción y tramitación de los procedimientos en materia de protección internacional, apatridia y protección temporal.
Y, concretamente relacionada con el objeto de esta solicitud de impugnación, las mencionadas en el artículo 15, apartado 1, letra l):
La instrucción y resolución de los expedientes administrativos sobre apatridia.
Por tanto, la pregunta planteada por el Tribunal debe ser anulada al haber un nuevo órgano encargado de esta competencia, y es por lo que,
SOLICITA
Que se tenga en cuenta la anterior exposición y se proceda a anular las p
reguntas referidas.
Plantilla actualizada para impugnar la pregunta 92 por si alguien la necesita
 
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PN2016

M.R.
Unido
18 Mar 2016
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Yo de depol aparte que no me creo nada de lo que dicen decir que el corte va a estar entre 6,6 y 7 y no decir nada es más o menos lo mismo xd
ya, yo lo pongo para que lo veais, a ver que pasa al final, así que a esperar no queda otra pero es verdad que se pasa regu
 
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Unido
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Si si, por supuesto que no es contra ti ni mucho menos el mensaje, yo dentro de lo que cabe estoy "tranquilo" y aún así lo estoy pasando regular. Aunque es más fácil decirlo que hacerlo hay que desconectar dos días porque si no nos volvemos locos. No es coña que hoy me levanté y me sentí hasta raro de no tener que estudiar, ojala no tener que volver a hacerlo en mucho tiempo🤣
 
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Unido
26 Oct 2025
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yo personalmente pienso que corte va a estar mas bajo de los que pensamos , partiendo de la base que hay que coger a mas cantidad de opositores para la siguiente fase , el aumento de numero de plazas con respecto al año pasado ,me parece que son 160 plazas mas o menos , y que hay que tener en cuenta que hay mucha gente que posiblemente no pase las físicas , ya que como casi siempre cae mas de la mitad de la gente en físicas , a parte de los que puedan caer en entrevista RM y corte o nota mínima o como lo quieran llamar en piscos , y el ultimo filtro del sumatorio. desde mi percepción no veo tan descabellado que el corte se quede en un 6,5 o quizá ligeramente menos , no nos olvidemos de que en la 40 fue un 6,16 para un 1,5 y no 2,25 y en la 39 5,4 . no nos tenemos que basar únicamente en la 41 , ya que el examen fue notablemente mas asequible , encima ya se habían hecho las físicas y el cupo era para 3100 aproximadamente y no para 5000. para mi y para mi entorno de compañeros , este examen ha sido una mezcla entre la 39 y la 40 , han cambiado la temática de la sencillez de la mayoría de las preguntas como en la 41. cada año es novedad en esta oposición...un saludo
 
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Unido
15 Mar 2025
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yo tengo 7,6 estaba contento al corregir pq el examen lo vi mas complicado que el año pasado pero al ver las notas de mis compañeros casi todos con 8, gente que solia sacar 6 bajo ha clavado 8.1 y 7.75, ahora no se ni que pensar de mi 7,6 vosotros como lo veis
 
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Unido
10 Mayo 2023
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Yo de depol aparte que no me creo nada de lo que dicen decir que el corte va a estar entre 6,6 y 7 y no decir nada es más o menos lo mismo xd
Yo tampoco lo creería, además, en la promo 40 dijeron que era fácil el examen y pensaban que estaría la nota de corte en 6'8, y Jurispol dijo lo mismo, que el examen fácil y que el corte rondaría el 6'7-6'8 y finalmente el corte fue un 6'16.
Hay muchos factores que valorar
 
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Pcpri

Policía Alumno
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1 Jun 2023
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yo personalmente pienso que corte va a estar mas bajo de los que pensamos , partiendo de la base que hay que coger a mas cantidad de opositores para la siguiente fase , el aumento de numero de plazas con respecto al año pasado ,me parece que son 160 plazas mas o menos , y que hay que tener en cuenta que hay mucha gente que posiblemente no pase las físicas , ya que como casi siempre cae mas de la mitad de la gente en físicas , a parte de los que puedan caer en entrevista RM y corte o nota mínima o como lo quieran llamar en piscos , y el ultimo filtro del sumatorio. desde mi percepción no veo tan descabellado que el corte se quede en un 6,5 o quizá ligeramente menos , no nos olvidemos de que en la 40 fue un 6,16 para un 1,5 y no 2,25 y en la 39 5,4 . no nos tenemos que basar únicamente en la 41 , ya que el examen fue notablemente mas asequible , encima ya se habían hecho las físicas y el cupo era para 3100 aproximadamente y no para 5000. para mi y para mi entorno de compañeros , este examen ha sido una mezcla entre la 39 y la 40 , han cambiado la temática de la sencillez de la mayoría de las preguntas como en la 41. cada año es novedad en esta oposición...un saludo

La 39 y la 40 fueron exámenes bastante más difíciles que el de este año.

Ha sido un examen asequible y así lo reflejan las notas de distintas academias. La media de notas de academias grandes de momento está entre el 6,8 y el 7.
 
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Unido
12 Mayo 2013
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Este año parece que hay más consenso de un corte por debajo del 7 que por encima... El año pasado no estaba tan claro con el 7,5 y al final se fue arriba.
 
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Unido
10 Mayo 2023
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Este año parece que hay más consenso de un corte por debajo del 7 que por encima... El año pasado no estaba tan claro con el 7,5 y al final se fue arriba.
Claro se fue arriba, porque hubo gente que contestó 95 y más..
Este año ha habido preguntas fuera de temario, por lo que, desde mi punto de vista, la nota de corte no creo que ronde un 7'5
 
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Unido
6 Mar 2025
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Este año parece que hay más consenso de un corte por debajo del 7 que por encima... El año pasado no estaba tan claro con el 7,5 y al final se fue arriba.
El simple hecho de las sensaciones post examen de ver cómo la gente discutía preguntas y señalaban algunas preguntas imposibles, da a entender una bajada del corte, el año pasado al salir todo era alegría y más de 85 respondidas
 
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Basicaxxxiv

La delgada línea azul
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Unido
22 Sep 2017
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Si DEPOL dice eso, sera todo lo contrario. Todos los años les pasa lo mismo, no aciertan nada, no se por que no dejan de hacer eso.
 
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Katchup

Policía Alumno
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22 Oct 2018
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Si DEPOL dice eso, sera todo lo contrario. Todos los años les pasa lo mismo, no aciertan nada, no se por que no dejan de hacer eso.
Depol decia el año pasado que no habria sumatorio y si habria seria muy pequeño y al final hubo y tocho
 
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Katchup

Policía Alumno
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22 Oct 2018
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Yo tampoco lo creería, además, en la promo 40 dijeron que era fácil el examen y pensaban que estaría la nota de corte en 6'8, y Jurispol dijo lo mismo, que el examen fácil y que el corte rondaría el 6'7-6'8 y finalmente el corte fue un 6'16.
Hay muchos factores que valorar
jurispol dijo dias antes que el corte rondaria el 6,11 y fue mas o menos asi porque me acuerdo de eso, porque yo tenia un 6,7 y estaba tranquilisimo vamos
 
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Unido
10 Mayo 2023
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Sí, dijeron la misma que dijo Depol y unos días antes de la nota de corte definitiva dijeron 6'11
 
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