
- Unido
- 21 Mar 2022
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Hola, dada la confusión que tienen algunos compañeros sobre, si tienen derecho a ITR o no, participo lo siguiente " Las indemnizaciones por traslado forzoso de residencia (ITR), se rigen por las normas generales recogidas en el capítulo IV del RD 462/2002, la OMP de 1994, y en las Instrucciones para la tramitación de este tipo de indemnizaciones aprobadas por la Resolución de 1 de marzo de 1.995, de la Subsecretaría del Ministerio del Interior". ESTE REAL DECRETO ES PARA TODOS LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO", G.Civil, Policia Nacional, Militares, Funcionarios etc.
Se adjunta informe extractado del R.D. 462, que también se une.
Se adjunta informe extractado del R.D. 462, que también se une.