Hola:
Aquí os comparto un vídeo sobre los nuevos cambios en el código penal que realizó el estado español el pasado octubre, creo que estos cambios llaman a una mayor responsabilidad por parte de los miembros del Cuerpo Nacional de Policía.
[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=UY6T-GQAITg&feature=plcp[/youtube]
Os copio también una serie de artículos del reglamento policial que se relacionan con estos cambios.
El art. 104 de la Constitución dispone que:
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.
El artículo 5 de la ley orgánica 2/86 de los cuerpos y fuerzas de seguridad dicta los siguientes PRINCIPIOS BÁSICOS DE ACTUACIÓN.
A) Adecuación al ordenamiento jurídico
1. Ejercer su función con absoluto respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Actuar con absoluta neutralidad política e imparcialidad y sin discriminación alguna por raza, religión u opinión.
4. Sujetarse en su actuación profesional a los principios de jerarquía y subordinación. En ningún caso la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que constituyan delito o que sean contrarios a la Constitución.
B) Relaciones con la comunidad
4. Solamente deberán utilizar las armas en las situaciones en que exista riesgo racionalmente grave para su vida, integridad física o la de terceras personas, o en aquellas circunstancias que pueden suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana.
C) Tratamiento de detenidos
2. Velarán por la vida e integridad física de las personas a quienes detuvieran o que se encuentren bajo su custodia y respetarán el honor y la dignidad de las personas.
F) Responsabilidad
Son responsables personal y directamente por los actos que en su actuación profesional lleven a cabo, infringiendo o vulnerando las normas legales, así como las reglamentarias que rijan su profesión y los principios enumerados anteriormente.
¿Qué creen?
Aquí os comparto un vídeo sobre los nuevos cambios en el código penal que realizó el estado español el pasado octubre, creo que estos cambios llaman a una mayor responsabilidad por parte de los miembros del Cuerpo Nacional de Policía.
[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=UY6T-GQAITg&feature=plcp[/youtube]
Os copio también una serie de artículos del reglamento policial que se relacionan con estos cambios.
El art. 104 de la Constitución dispone que:
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.
El artículo 5 de la ley orgánica 2/86 de los cuerpos y fuerzas de seguridad dicta los siguientes PRINCIPIOS BÁSICOS DE ACTUACIÓN.
A) Adecuación al ordenamiento jurídico
1. Ejercer su función con absoluto respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Actuar con absoluta neutralidad política e imparcialidad y sin discriminación alguna por raza, religión u opinión.
4. Sujetarse en su actuación profesional a los principios de jerarquía y subordinación. En ningún caso la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que constituyan delito o que sean contrarios a la Constitución.
B) Relaciones con la comunidad
4. Solamente deberán utilizar las armas en las situaciones en que exista riesgo racionalmente grave para su vida, integridad física o la de terceras personas, o en aquellas circunstancias que pueden suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana.
C) Tratamiento de detenidos
2. Velarán por la vida e integridad física de las personas a quienes detuvieran o que se encuentren bajo su custodia y respetarán el honor y la dignidad de las personas.
F) Responsabilidad
Son responsables personal y directamente por los actos que en su actuación profesional lleven a cabo, infringiendo o vulnerando las normas legales, así como las reglamentarias que rijan su profesión y los principios enumerados anteriormente.
¿Qué creen?

