existen dos tipos de error, el de tipo o hecho y el de prohibición o de derecho.. El error vencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal: da por válida 'Modificará la apreciación y se aplicará la pena inferior en uno o dos grados', cuando realmente será castigado como imprudente.
en el te tipo el herror (sobre el hecho constitutivo )el vencible es imprudente
en el de prohibición o de derecho es el herror (sobre la ilicitud del hecho)... el vencible es en uno o dos grados menos.
el invencible en los dos casos exime







