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Preguntas MIR y DGP (temas 7 y 8)

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Unido
7 Sep 2017
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Llegados a este punto que hagan lo que quieran pero que lo hagan ya jejej yo estoy en pleno repaso del tema 8 y no sé si dejarlo y esperar a las actualizaciones porque me da que va a ser todo un caos.
 
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Miguel Alonso

Juan Miguel
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3 Oct 2017
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Alguien sería muy amable de pasarme estos 2 temas actualizados, mis apuntes la mitad ya ha cambiado con lo actuál Muchas gracias!
 
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4 Jul 2015
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Llegados a este punto que hagan lo que quieran pero que lo hagan ya jejej yo estoy en pleno repaso del tema 8 y no sé si dejarlo y esperar a las actualizaciones porque me da que va a ser todo un caos.
Normalmente estos dos temas, para ir sobre seguro, se suelen estudiar antes del examen (con tiempo) para no perderse las novedades, en especial las del organigrama de la DGP.
 
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Unido
7 Sep 2017
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A mí es que me cuesta retener los organigramas y siglas, por eso necesito vérmelo muchas veces. Prefiero repasarlo mucho e ir cambiando las modificaciones, que dejarlo para el último momento y con los nervios liarme con todo...pero vaya que en estos momentos es mejor esperar porque por lo que dicen va a cambiar bastante todo.
 
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4 Jul 2015
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Alguien puede pasar un esquema actual de estos temas?
Aun es un poco pronto para tener un esquema actualizado de estos temas, especialmente del 8, si vas a la pagina de la DGP veras que no ha cambiado nada en el organigrama, sigue el que esta basado en el RD de julio de 2017.
 
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18 Jul 2018
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Yo pienso que no cambiará tanto el organigrama, al menos de cara al examen :oops:
 
M
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Guest
Nadie los tiene actualizados ya que está pendiente el nuevo RD de estructura del MIR y la DGP.
Os recuerdo que la nueva estructura orgánica básica del Ministerio del Interior es el R.D. 952/2018, de 27 de julio de 2018, publicado en BOE el 30 de julio. Ahí tenéis toda la información.
 
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alfon11

Policía Alumno
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26 Nov 2015
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Llegados a este punto que hagan lo que quieran pero que lo hagan ya jejej yo estoy en pleno repaso del tema 8 y no sé si dejarlo y esperar a las actualizaciones porque me da que va a ser todo un caos.


Mi consejo (al menos el que seguí yo) estudiadlo después de las físicas, tendréis la cabeza con menos caos y más focalizada para absorber más rápido.
 
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acoran

Policía Registrado
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27 Feb 2017
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Buenas gente,
una pregunta con respecto al tema 7
La secretaría general de instituciones penitenciarias (con respecto al Real Decreto 952/2018, de 27 de julio), ¿ tiene rango de subsecretaría ?

El RD anterior 595/2018, de 22 de junio ponía: La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social.
El RD actual con respecto al Real Decreto 952/2018, de 27 de julio pone: La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, de la que depende la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social

Por ello me he liado y no se si el nuevo corrige un fallo del anterior o como :/

Gracias !!
 
M
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Miembro eliminado 26960

Guest
Buenas gente,
una pregunta con respecto al tema 7
La secretaría general de instituciones penitenciarias (con respecto al Real Decreto 952/2018, de 27 de julio), ¿ tiene rango de subsecretaría ?

El RD anterior 595/2018, de 22 de junio ponía: La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social.
El RD actual con respecto al Real Decreto 952/2018, de 27 de julio pone: La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, de la que depende la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social

Por ello me he liado y no se si el nuevo corrige un fallo del anterior o como :/

Gracias !!
Como bien comentas en el RD 952/18 no hace mención expresa al rango de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Sin embargo hay varias razones para considerar que sigue ostentando tal rango:

1º El RD 595/18 que se encuentra en vigor sí habla del rango de subsecretaría de esta institución.
2º El RD 40/15 en su art. 60 establece que los Secretarios Generales tienen la categoría de subsecretarios.
3º De esta institución depende la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social, con rango de director general, al depender de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se entiende que ésta tiene una categoría superior.

Espero que le haya aclarado la duda.
 
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acoran

Policía Registrado
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27 Feb 2017
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Como bien comentas en el RD 952/18 no hace mención expresa al rango de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Sin embargo hay varias razones para considerar que sigue ostentando tal rango:

1º El RD 595/18 que se encuentra en vigor sí habla del rango de subsecretaría de esta institución.
2º El RD 40/15 en su art. 60 establece que los Secretarios Generales tienen la categoría de subsecretarios.
3º De esta institución depende la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social, con rango de director general, al depender de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se entiende que ésta tiene una categoría superior.

Espero que le haya aclarado la duda.
Pues tiene sentido si, muchas gracias compi !!
 
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Unido
23 Ago 2015
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Como bien comentas en el RD 952/18 no hace mención expresa al rango de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Sin embargo hay varias razones para considerar que sigue ostentando tal rango:

1º El RD 595/18 que se encuentra en vigor sí habla del rango de subsecretaría de esta institución.
2º El RD 40/15 en su art. 60 establece que los Secretarios Generales tienen la categoría de subsecretarios.
3º De esta institución depende la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social, con rango de director general, al depender de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se entiende que ésta tiene una categoría superior.

Espero que le haya aclarado la duda.

Hola BEcop, de los 3 razonamientos que has dado, estoy plenamente de acuerdo con el primero, el RD 595/18 establece que la secretaría general tendrá rango de subsecretario, y eso, mientras esté en vigor dicho RD siempre va a ser así.

Sin embargo, tu segundo razonamiento la Ley (no RD) 40/15 no habla de rando, si no de categoría, y no de la secretaría general, si no del secretario general (osea el titular de la secretaría general), y aunque no se, ni encuentro la diferencia entre rango, categoría y nivel, creo que no son sinónimos.

El tercer razonamiento tampoco me convence mucho, ya que es la Ley 40/15 la que establece que las secretarías generales podrán llevar adscritas direcciones (art. 58).

A mi entender, es solo el RD 595/18 el que otorga a la secretaría general el rango de subsecretaría.

Un saludo.
 
M
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Hola BEcop, de los 3 razonamientos que has dado, estoy plenamente de acuerdo con el primero, el RD 595/18 establece que la secretaría general tendrá rango de subsecretario, y eso, mientras esté en vigor dicho RD siempre va a ser así.

Sin embargo, tu segundo razonamiento la Ley (no RD) 40/15 no habla de rando, si no de categoría, y no de la secretaría general, si no del secretario general (osea el titular de la secretaría general), y aunque no se, ni encuentro la diferencia entre rango, categoría y nivel, creo que no son sinónimos.

El tercer razonamiento tampoco me convence mucho, ya que es la Ley 40/15 la que establece que las secretarías generales podrán llevar adscritas direcciones (art. 58).

A mi entender, es solo el RD 595/18 el que otorga a la secretaría general el rango de subsecretaría.

Un saludo.

Muchas gracias por analizar el razonamiento propuesto, la retroalimentación es clave para abordar asuntos jurídicos con tantos resquicios como es el caso.
Mil disculpas por la "errata", por supuesto que es Ley 40/15 y no Real Decreto.
En cuanto a diferencia categoría/rango no aparece en texto legal (al menos en nuestro caso aún no lo hemos encontrado) una aclaración específica, remitiéndonos al artículo 60 donde establece la ordenación jerárquica de los órganos superiores y directivos estableciendo equivalencias entre ellos, rezando como sigue:

"Artículo 60. Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales.
1. Los Ministros son los jefes superiores del Departamento y superiores jerárquicos directos de los Secretarios de Estado y Subsecretarios.
2. Los órganos directivos dependen de alguno de los anteriores y se ordenan jerárquicamente entre sí de la siguiente forma: Subsecretario, Director general y Subdirector general.
Los Secretarios generales tienen categoría de Subsecretario y los Secretarios Generales Técnicos tienen categoría de Director general."

Todas las Secretarías Generales se asimilan a Subsecretarías, ostentando, a nuestro entender, su titular el rango de Subsecretario.

En cuanto al último razonamiento se refiere simplemente a esa ordenación jerárquica establecida, y si una institución cuenta con una Dirección General de la que es responsable, se comprende que el rango del titular de la institución de la que depende (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) debe ser superior. (Subsecretario)

De todas formas el RD 595/18 nos aclara bastante las dudas, aún así ahondar y profundizar en estos temas nos hace aprender mutuamente.
Muchas gracias por su análisis y esperamos seguir manteniendo estos interesantes cambios de pareceres.
Y.. Buen fin de semana.
 
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Unido
2 Feb 2018
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Hola chic@s! Con respecto al tema 7..
Sabéis si las unidades de la ahora DAO han cambiado? Me refiero a, Secretaria General, JCO, GEO, BOA..etc, o no han tocado nada?
 
M
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Miembro eliminado 26960

Guest
Hola chic@s! Con respecto al tema 7..
Sabéis si las unidades de la ahora DAO han cambiado? Me refiero a, Secretaria General, JCO, GEO, BOA..etc, o no han tocado nada?
Siguen las mismas unidades, con el RD 952/18 desaparecen las jefaturas centrales y vuelve el DAO (con sus unidades), también dependerá del DAO la OCN de INTERPOL, la UN de Europol y la Oficina Sirene.
 
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