La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a dos años de prisión por un delito de atentado al morder en la ceja a un agente de la Policía Nacional, al que gritó «ahora te jodes que te he pegado el sida, cabrón, hijo de puta».
El condenado tendrá además que indemnizar al agente con el pago de 4.230,72 euros por las lesiones y secuelas causadas por la agresión.Los hechos ocurrieron el pasado 28 de abril, cuando dos policías nacionales que patrullaban en un vehículo por la calle Nicolás Estébanez de Valencia, en el distrito de Abastos, observaron la discusión entre dos mujeres en las inmediaciones del bar Colombia.
Los agentes bajaron del coche y la mujeres, al verles, entraron en el local, cuyo propietario, que declaró en el juicio que se sentía «atosigado» por la constante presencia policial, se dirigió a uno de los policías y le dijo que estaba cansado de verle por ahí.
Otro de los agentes le pidió la documentación y entonces el hombre les dijo que eran «unos fascistas» y que se quitaran los uniformes y «nos pegaremos».
Tres de las acusadas, dos de ellas tía y madre del dueño del local, se dirigieron «en tono agresivo» a los agentes y les exigieron que le dejaran en paz, por lo que los agentes pidieron refuerzos.
Al lugar se desplazó una segunda patrulla policial, y uno de los agentes, tras calmar al propietario del bar y comprobar su documentación, le advirtió que se podía marchar pero que iba a ser denunciado por su comportamiento indebido.
La novia del propietario, acusada también en el proceso, salió del bar gritando que dejasen a su novio en paz y lanzó su teléfono móvil y zapatillas contra uno de los agentes.
En el incidente se vieron involucrados seis agentes de la Policía Nacional, y tres mujeres y un hombre, el propietario del establecimiento, todos ellos de origen colombiano, que fueron detenidos acusados de un presunto delito de atentado a agentes de la autoridad.
La Audiencia Provincial ha condenado también al dueño del local, a una pena de un año y nueve meses por un delito de lesión, a dos penas de cinco meses de prisión por sendos delitos de lesiones de menor gravedad, y a una multa de cuarenta y cinco días con una cuota diaria de diez euros por dos faltas de lesiones.
Asimismo fija, para una de las mujeres acusadas, la pena de un año y seis meses de prisión por un delito de atentado contra los agentes de la autoridad, mientras que le absuelve de la falta de lesiones de que había sido acusada por el Ministerio Fiscal.
Condena además a otras dos de las acusadas como autoras de una delito de resistencia a los agentes de la autoridad, a la pena de seis meses de prisión a cada una de ellas, y tres meses de cárcel por un delito de lesiones de menor gravedad, y establece una serie de indemnizaciones a pagar a los agentes.
Contra esta sentencia cabe la posibilidad de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.