Servicio Marítimo

Servicio Marítimo

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INTRODUCCIÓN

Aunque su andadura comienza en el año 1992, un Real Decreto, fechado el 22 de Febrero de 1991, constituye el acta fundacional del Servicio Marítimo de la Guardia Civil, nacido de la necesidad de dotar al Cuerpo de medios materiales y humanos cualificados para desempeñar todas las funciones de la Institución dentro del marterritorial y con carácter excepcional fuera de él.

Esto ha supuesto extender a la demarcación marítima lo que en demarcación terrestre el Cuerpo de la Guardia Civil viene haciendo: prestar servicio a la sociedad española, defendiendo y protegiendo sus derechos y libertades, garantizando la seguridad ciudadana.

Para desempeñar eficazmente su labor, las Unidades Marítimas de la Guardia Civil del Mar, disponen, actualmente de dos tipos de patrulleras: ligeras y medias.

Las ligeras tienen una eslora de 11,90 metros, llevan una tripulación mínima de 4 hombres.

Las medias, con eslora de 16,50 y 17,40 metros, llevan también, como mínimo, una tripulación de: un Patrón y tres Guardias.

En el año 1999, se ubica, en la localidad de Algeciras, la primera patrullera de inspección pesquera de la Guardia Civil, con la misión de velar por el cumplimiento de la normativa de pesca en todos los caladeros nacionales.

Esta patrullera, construida en acero y con una eslora de 22 metro, depende directamente de la Jefatura del Servicio.

Está previsto, para el próximo año, la puesta en servicio de tres patrulleras de 24 metros de eslora, una de ellas dedicada a inspección pesquera, con una tripulación mínima de: dos Patrones 3 marineros y 2 mecánicos-marineros.

Respecto a la UAS, su Unidad Central dispone, para llevar a cabo su labor, de cámara hiperbárica móvil, robot submarino y sonar de barrido lateral, desempeñan sus cometidos en la Comunidad de Madrid y la Provincia de Ávila y apoyo con sus medios a los diferentes Grupos que están dotados, además de los equipos específicos de la especialidad, de embarcaciones neumáticas y semirrigidas.

COMETIDOS

∙Judicial: prevención y averiguación de delitos, primeras diligencias e informes técnicos.

∙Gubernativo: Seguridad ciudadana, inmigración irregular, orden público. Fiscal, como Resguardo Fiscal del Estado: Prevención y persecución del fraude y el contrabando.

∙Fiscal: resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encomendadas a evitar y perseguir el contrabando.

∙Administrativo: Conservación de la naturaleza y el medio ambiente, control e inspección pesquera, protección del patrimonio histórico hundido.

∙Militar: Las de este carácter encomendadas por el Gobierno o Mº de Defensa.

∙Otras: Misiones de paz en el extranjero, colaboración con SASEMAR, auxilios y remolques.

DESPLIEGUE

Pontevedra, A Coruña, Cantabria, Girona, Barcelona, Tarragona, Illes Balears, Castellón, Valencia, Murcia, Almería, Málaga, Algeciras, Cádiz, Huelva, Ceuta y Las Palmas.

Unidades de Actividades Subácuáticas (U.A.S.):

Integradas en el Servicio Marítimo desde 1997, aunque su creación se remonta al año 1981, estructurada en una Unidad Central de Actividades Subacuáticas (UCEAS), y Grupos (GEAS) desplegados actualmente en A Coruña, Gijón, Girona, Barcelona, Huesca, La Rioja, Valladolid, Badajoz, Cuenca, Valencia, Murcia, Sevilla, Mallorca, Ibiza, Ceuta, Melilla, Las Palmas y Tenerife.

ORGANIZACIÓN

El Servicio Marítimo está organizado actualmente en:

∙Jefatura: ubicada en la Dirección General de la Guardia Civil (Madrid), dependiente de la Dirección Adjunta Operativa, es el órgano superior del que depende el Servicio Marítimo.

∙Unidades Marítimas ( U.A.M.): denominadas Servicios Marítimos Provinciales desplegados en el litoral español, dependientes técnicamente de la Jefatura:

-U.A.S (Unidad de Actividades Subacuáticas): Órgano dependiente de la Jefatura del Servicio Marítimo, a la que le corresponde ejercer las funciones y actividades encomendadas a la Guardia Civil en el medio acuático y subacuático.

-G.E.A.S (Grupos de Especialistas en Actividades Subacuáticas): Órganos territoriales de la especialidad subacuática, depende orgánica y funcionalmente de la Comandancia de la Guardia Civil territorial donde están ubicados y técnicamente de la Unidad de Actividades Subacuáticas.

PERSONAL

Para ser destinado, en vacante operativa, a las Unidades Marítimas, hay que estar en posesión de la titulación correspondiente a cada especialidad: Patrón, Marinero Especialista, Mecánico-Marinero, Mecánico de Motores, Mecánico de mantenimiento de equipos de transmisiones.

Para conseguir dicha titulación, el personal seleccionado, según los criterios establecidos en cada convocatoria, debe superar un examen previo y, una vez admitidos, desarrollar el curso específico de cada especialidad en los que, en períodos teóricos y prácticos, se imparten las materias necesarias para obtener los conocimientos precisos que permitan el manejo de los distintos tipos de embarcaciones empleadas por las Unidades marítimas.

Por otra parte, para acceder a la U.A.S. es necesario poseer, como mínimo, el título de Buceador Elemental que se expide en el Centro de Buceo de la Armada en Cartagena (Murcia).

En la especialidad también existen otras titulaciones que se adquieren en cursos específicos, tales como: Espeleo-buceo, buceador de combate, Nitrox y Trimix, Camaristas y Cursos de gran profundidad.

CURSO

1. – CARACTERÍSTICAS DEL CURSO.

1.1.-Objetivos.

Adquirir los conocimientos y habilidades necesarios para cumplir eficazmente las misiones asignadas a los Mecánicos-Marineros del Servicio Marítimo de la Guardia Civil.

1.2.- Número de plazas.

1.2.1. – Examen Previo.

SESENTA (60) plazas, distribuidas de la forma siguiente:

a) DIEZ (10) plazas para Guardias Civiles a disposición de la Dirección Adjunta Operativa.
b) CINCUENTA (50) plazas para Guardias Civiles.

1.2.1.1. – Otros.

– Caso de no cubrirse la totalidad de las plazas indicadas en el apartado a), podrán ser cubiertas por personal del apartado b).
– Las plazas del apartado a), son reservadas por necesidades del servicio.

1.2.2. – Período de presente.

VEINTE (20) plazas para Guardias Civiles.

1.3.- Períodos, lugar y fechas de desarrollo.

1.3.1. – Examen previo.

1. 3 2. – De presente.

* Primer Período:
* Segundo Período:
* Tercer Período:
* Cuarto Período:
* Quinto Período:

1.4.- Carga lectiva.

– El curso tendrá una carga lectiva de 74 créditos.

2. – CONDICIONES QUE HAN DE REUNIR LOS SOLICITANTES.

2.1.- De carácter general.

2.1.1. – Al finalizar el plazo de solicitud.

– Hallarse en situación administrativa de servicio activo.
– Tener, como mínimo, un año de servicios efectivos en el Cuerpo, desde su nombramiento como Guardia Civil.
– No haber renunciado en los dos últimos años, sin causa justificada, a otro curso de especialización para el que haya sido seleccionado.
– No estar seleccionado como aspirante o concurrente/alumno de otro curso. Si estuviera pendiente de selección deberá renunciar al curso que tenga solicitado.
– No haber sido eliminado en el período de presente, en los dos últimos años, en cualquier curso de especialización por aplicación de las Normas de Régimen Interior.

2.1.2. – En la fecha de inicio del período de presente.

– No estar sujeto a tiempo de mínima permanencia por razón de Especialidad.
– Haber transcurrido, como mínimo, tres años desde que terminara, cualquier otro curso de especialización con derecho a título, salvo las excepciones establecidas en el apartado 4 de la Orden de 30 de diciembre de 1975, sobre Normas Generales para la Asistencia a Cursos, y modificaciones posteriores.
– El personal de plantilla en las Comandancias del País Vasco y Navarra, llevar destinado en ellas, como mínimo, un año.

2.2.- De carácter específico.

2.2.1. – Al finalizar el plazo de solicitud.

– Estar en posesión del Permiso de Conducción Militar del Cuerpo de la clase B-2 o autorización Especial BTP.
– No estar sujeto a procedimiento por accidente de circulación o expediente de otra naturaleza que pueda llevar consigo la retirada, aunque sea temporal, del permiso de conducción.

2.2.2. – En la fecha de inicio del período de presente.

– No tener cumplidos los 40 años de edad.

2.3.- La Jefatura de Enseñanza excluirá de la convocatoria al personal que esté pendiente de posterior destino forzoso a las Comandancias del País Vasco y Navarra.

3. – FORMA DE SOLICITAR EL CURSO.

3.1.- Documentación.

3.2.- Informes.

4. – SELECCIÓN DE ASPIRANTES.

Una vez efectuada la designación, indicada en el párrafo anterior, se podrá renunciar por motivos personales o de servicio. El Jefe de Comandancia o Unidad similar informará la petición de renuncia y hará saber al solicitante que, si la causa no es valorada como suficiente por la Jefatura de Enseñanza, no podrá solicitar otro curso de especialización en el plazo de DOS (2) años. Si el número de solicitantes fuera superior a las plazas convocadas en el apartado 1.2.1, la selección se efectuará hasta dicho número teniendo en cuenta el apartado 4.1. (Prioridades).

4.1.- Prioridades.

Primera: Estar en posesión del título de máquinas, mecánico o motorista naval, expedido por la Dirección General de Marina Mercante,
Secretaría General de Pesca Marítima o la Armada ; o bien, poseer el Curso de Mecánico Montador de Motores o Electricista del
Servicio de Material Móvil de la Guardia Civil.

Segunda: Estar en posesión de títulos de Formación Profesional del grupo de mantenimiento de vehículos autopropulsados o de máquinas e instalaciones de buques.

Tercera: Estar en posesión de título expedido o reconocido por Organismo Oficial del Estado, que como mínimo le faculte para el gobierno de embarcaciones a motor de 6 metros de eslora, con potencia de motor superior a 40 KW (54 CV).

Cuarta: Tener mayor antigüedad en el empleo.

5. – EXAMEN PREVIO.

5.1.- Número de aspirantes.

La Jefatura de Enseñanza convocara para la realización del examen previo a aquellos aspirantes que hayan sido seleccionados conforme al apartado 4.

5.2.- Presentación al examen.

La no presentación al examen previo, o la entrega en blanco de éste, sin causa justificada, se considerará como renuncia al Curso, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado 4.

5.3.- Tribunales.

5.4.- Pruebas.

5.4.1. – Psicotécnicas.

– Prueba puntuable y de carácter eliminatorio.
– Consistirán en la realización de pruebas dirigidas a determinar las aptitudes, habilidades y capacidades de la persona, así como actitudes, rasgos y demás características de la personalidad.

5.4.2. – De conocimientos.

– Consistirá en la realización de un ejercicio escrito tipo test de 100 preguntas (50 del Módulo 1, 40 del Módulo 2 y 10 del Módulo 3) sobre las materias que a continuación se indican:

Módulo 1. – a) Programa de conocimientos teóricos para la obtención del título de Patrón de Navegación Básica, publicado por Orden
Ministerial de 17 de junio de 1997 (B.O.E. 158, de 03-07-97).

b) Apartado 7 – Propulsión Mecánica- del programa de conocimientos teóricos del Título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, publicado igualmente por la Orden anterior.

Módulo 2. – Mecánico de motores.

Módulo 3. – Idioma Inglés, nivel de conocimiento ESO, orientado a vocabulario técnico-marítimo .

La bibliografía necesaria para la preparación de la presente prueba, aparece publicada en la INTRANET del Cuerpo.

La nota de la prueba de conocimientos (NC) se obtendrá multiplicando cada respuesta acertada por 0,10 puntos.

5.4.3. – De baremación.

El personal que justifique la posesión de títulos, diplomas o certificados según el Anexo I, obtendrá los puntos que se especifican en el mismo. A estos efectos deberá presentar al Tribunal de examen, el impreso que como Anexo II se publica en la convocatoria, debidamente cumplimentado, junto con la documentación original acreditativa de su posesión o fotocopia compulsada.

5.4.4. – Físicas.

– Pruebas con carácter eliminatorio:
– Potencia de tren superior (Trepa): Partiendo de la posición de pie con brazos extendidos arriba, ascender por una cuerda lisa, con presa y apoyo de piernas si se desea, hasta alcanzar y tocar, al menos con una mano, la marca señalada en la misma situada a 4 metros de altura sobre el suelo.
Número de intentos: Dos.

– Pruebas eliminatorias y puntuables:

– Natación: 100 mts. Estilo libre. Situándose de pie en el borde de la piscina, lanzarse al agua y efectuar el recorrido sin apoyo, en un tiempo máximo de 3´50´´. Serán eliminados aquellos aspirantes que recorran la distancia en tiempo superior al citado como máximo. La tabla de puntuación es la contenida en el Anexo III de esta Resolución.

Número de intentos: Dos.

– Las incluidas en el apartado 2. 1, «Prueba Unificada de Valoración Física (PUVAF) de la Orden de la Jefatura de Estado Mayor del
Ejército número 300/126/82, de 18 de diciembre de 1981 (D.O. Número 4 de 1982), por la que se establecen las pruebas de aptitud física, con las modificaciones introducidas por la Orden 300/12. 747/82, de 7 de septiembre (D.O. Número 211):

a) Prueba de velocidad: Carrera de 50 m . En pista.
b) Prueba de resistencia muscular: Carrera de 1. 000 m . En pista.
c) Prueba de tren inferior: Salto vertical.
d) Prueba de potencia de tren superior (cualidad extensora de brazos). Flexiones situado el ejecutante en tierra inclinada.

La tabla de puntuación es la contenida en el Anexo 1º de dicha Orden; y serán eliminados los aspirantes que hagan cero puntos en estas pruebas.

La puntuación obtenida en las pruebas puntuables será transformada en notación decimal según la Tabla de conversión que figura en el Anexo III de la presente Resolución.

5.5.- Selección de concurrentes para el período de presente.

Finalizadas las pruebas del examen previo, el Tribunal remitirá al General Jefe de Enseñanza relaciones nominales, por orden de puntuación, del personal que haya resultado apto y del personal que no haya superado las pruebas de selección, con especificación de las causas de eliminación.

Serán designados concurrentes para el período de presente los aspirantes que, habiendo superado el examen previo, hayan obtenido mayor puntuación final (PF) en el proceso selectivo, hasta completar el número de plazas indicadas en el apartado 1.2.2. , a igualdad de puntuación tendrá preferencia el de mayor antigüedad.

La puntuación final (PF), que será el resultado de aplicar la formula siguiente: PF = NS. 1+4. NC+2. NF+3. NB

Donde: NS = Nota de pruebas psicotécnicas.

NC = Nota de prueba de conocimientos.
NF = Nota de pruebas físicas (Nota media de las pruebas puntuables).
NB = Nota de prueba de baremación.

Los que obtengan plaza recibirán la correspondiente notificación de la Jefatura del Servicio Marítimo.

6. – PERÍODO DE PRESENTE.

6.1.- Incorporación.

6.2.- Materias a desarrollar.

* Primer Período (Teórico-Práctico).
– Prácticas de navegación a realizar en los Servicios Marítimos Provinciales, y programa teórico Patrón Embarcaciones de Recreo, manejo de embarcaciones auxiliares, neumáticas y semirrígidas.

* Segundo Período (Teórico-Práctico).
– Conocimientos teórico-prácticos sobre mecánica, motores marinos y sistemas de propulsión.

* Tercer Período (Teórico-Práctico).
– Navegación. Reglamentos y señales. Meteorología náutica. Tecnología naval. Motores marinos. Maniobra, Comunicaciones,
Electricidad (Elementos de Control y Maniobra, Símbolos y Esquemas Eléctricos, Baterías, Generadores Eléctricos, Instalación
Eléctrica de Motores Diesel), y Mecánica (Ciclos, Generalidades, Componentes de un Motor, Admisión de Aire y Escape,
Combustión, Carburación, Encendido).

* Cuarto Período (Teórico-Práctico).
– Mercancías Peligrosas y Contaminación, Seguridad-Lucha contra incendios y Supervivencia en el Mar-, Primeros auxilios.

* Quinto Período (Teórico-Práctico).
– Prácticas de navegación a realizar en los Servicios Marítimos Provinciales. Programa teórico de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
Manejo de embarcaciones auxiliares, neumáticas o semirrígidas y Entretenimiento y Mantenimiento de Motores.

6.3.- Condiciones para superar el curso.

6.3.1. – Obtener la calificación de APTO en los exámenes teóricos y pruebas prácticas que realizarán a la finalización de cada período del curso.

6.3.2. – Se causará baja en el curso por:

a) Pérdida de aptitudes psicofísicas.
b) Demostrar bajo rendimiento en las pruebas o evaluaciones previstas en los planes de estudio.
c) Falta de asistencia a la quinta parte del total de los días lectivos de los períodos teórico-prácticos.
d) Incumplir las Normas de Régimen Interior.
e) Falta de adaptación al medio marino.

7. – DECLARACIÓN DE APTITUD.

El Servicio Marítimo expedirá el Diploma correspondiente al personal que supere el curso.

La declaración de aptitud será publicada en el Boletín Oficial del Cuerpo.

A este personal, de acuerdo a lo establecido en el artículo único, de la Orden de 7 de abril de 2000 (B.O.E. Nº 88), modificada por la Orden PRE/874/2006, de fecha 23 de marzo, se le autoriza el manejo de embarcaciones auxiliares neumáticas o semirrígidas, de eslora máxima hasta doce metros y de potencia de motores adecuada a las mismas, durante su permanencia en Unidades del Servicio Marítimo.

8. – TIEMPO DE SERVICIO EFECTIVO MÍNIMO.

El personal que supere el curso será destinado con carácter voluntario o forzoso, a las Unidades donde sean de utilidad los conocimientos adquiridos en el mismo, siéndole de aplicación las limitaciones a que hace referencia la Orden de 30 de diciembre de 1975, sobre Normas Generales para la Asistencia a Cursos, y modificaciones posteriores.

El tiempo mínimo de permanencia en Unidades, donde sean de aplicación directa los conocimientos adquiridos en el curso será de CUATRO (4) años.

9. – DEVENGOS.

BAREMO DEL CURSO MECÁNICO-MARINERO DEL SERVICIO MARÍTIMO.

1. – FORMACIÓN ESPECÍFICA (Solo se valorará la mayor puntuación)

-Licenciados: Máquinas Navales; Náutica y Transporte Marítimo; Radioelectrónica Naval………………………………… 3,00 Ptos.
-Capitán de Marina Mercante; Jefe de Máquinas de la Marina Mercante ; Oficial Radioelectrónico
de 1º Clase de la Marina Mercante.. ……………………………………………………………………………………………… 3,00 Ptos.
-Capitán de Pesca………………………………………………………………………………………………………………….. 2,50 Ptos.
-Diplomados: Máquinas Navales; Navegación Marítima; Radioelectrónica Naval…………………………………………….. 2,50 Ptos.
– Piloto de 1ª o 2ª de la Marina Mercante ; Oficial de Máquinas de 1ª o 2ª Clase de la Marina Mercante ;
Oficial Radioelectrónico de 2ª Clase de la M. Mercante ………………………………………………………………………… 2,50 Ptos.
– Técnico en Operaciones de Control y Mantenimiento de Máquinas e instalaciones de buques…………………………… 2,50 Ptos.

UNIFORMIDAD

Este es el primer uniforme que se usó en el servicio, básicamente el de la guardia civil con boina azul; pronto por su falta de operatividad dejó de utilizarse.

Vemos a un sargento 1º con el uniforme de servicio en invierno con anorak.

En la orden general nº 12 del 28 de Diciembre del 2009, se dictaban una serie de disposiciones sobre uniformidad de las diferentes unidades que se adecuaban al servicio que prestaban.

Este guardia 1º lleva el buzo del uniforme de servicio de invierno.

Según la orden, los uniformes eran los siguientes:

Patrones, marineros, mecánicos-marineros y unidad de actividades subacuáticas en operativo de servicio embarcados.

– Gorra de servicio.
– Polo verde, de mangas corta o larga.
– Pantalón técnico verde, o pantalón corto de embarque.
– Mono verde de intervención.
– Traje interior caliente.
– Traje térmico de flotabilidad.
– Ceñidor negro de doble cuerpo.
– Funda de dotación para pistola.
– Calcetines térmicos negros.
– Zapatos náuticos negros, con suela antideslizante.
– Botas negras, con suela de color beige antideslizante.
– Prenda de agua: Traje de agua.

Para el servicio en verano se empleaban los pantalones cortos y los polos de manga corta a juego, aunque rápidamente se constató que los polos oscuros perdían el color con el sol y hubo que cambiarlos por otros más claros del color de las camisas.

Las normas de uso de carácter general de los uniformes son:

-En el transcurso de la navegación, el personal embarcado podrá ir desprovisto de la prenda de cabeza. Asimismo, deberá utilizar cordón-fiador para la pistola.

-Debido al medio en el que se desenvuelven, la funda de dotación para pistola será la de lona,
marinizada y cubierta.

-El personal destinado en Planas Mayores, usará la uniformidad de servicio descrita en el ANEXO 1, punto 4, en sus diferentes modalidades.

BASES

MEDIOS

Patrulleras ligeras

Patrulleras clase Bazán Saeta-39

Patrullera clase Aister RAL-850-ZSF

Patrulleras medias

Patrulleras clase Rodman-55M

Patrulleras clase Rodman-55HJ Canarias

Patrulleras clase Rodman-55HJ Río Arba

Patrullera clase Rodman-58

Patrulleras clase Rodman-66

Patrulleras clase Alusafe 1500 Mk.II

Patrulleras de altura

Patrullera clase Bazán IVP

Patrulleras clase Rodman-101

Patrulleros oceánicos

Resumen de la Unidad