El denominado frente de cárceles o KT, que supuestamente integraban los ocho detenidos a los que el juez Eloy Velasco ha enviado a prisión por pertenencia a organización terrorista, se «conformaba como un brazo operativo más de la ETA misma», dirigido por los abogados Arantza Zulueta y Jon Enparantza.
Velasco llega a esta conclusión en el auto de prisión tras analizar la documentación intervenida en la operación Jaque de la Guardia Civil, en cuyo marco se produjeron estas detenciones, así como en la que supuso la desarticulación de la plataforma de apoyo a los presos de ETA Herrira, que se saldó con 18 detenciones a finales del pasado septiembre y la suspensión judicial de sus actividades.Precisamente, de los documentos incautados a Herrira, se desprende que la convocatoria de la marcha a favor de los presos de ETA realizada por el colectivo Tantaz Tanta, y que finalmente fue prohibida, fue instada por el denominado frente de cárceles. Ese colectivo siguió así las directrices de KT, que, a su vez, instó a Herrira «a continuar con sus responsabilidades hasta la consolidación de una nueva organización una vez se desarrolle la movilización ‘nacional’ a favor de los presos que estaba prevista para el 11 de enero» y que fue ilegalizada por orden de Velasco.
La manifestación se celebró finalmente ese sábado tras ser de nuevo convocada por el PNV y EH-Bildu y haberla permitido el juez Ismael Moreno, al considerar que se trataba de una nueva convocatoria y no observar que constituyera un delito de enaltecimiento del terrorismo.
Velasco también responsabiliza al KT de organizar el acto del pasado 4 de enero en el café Atzokia de Durango (Vizacaya) en el que unos sesenta etarras excarcelados tras la anulación de la doctrina Parot valoraron el comunicado del colectivo de presos vascos (EPKK), en el que reconocían el «sufrimiento y daño multilateral» causado y aceptaban someterse a la legalidad penitenciaria de forma «escalonada» e «individual».
Según el juez, el órgano de ETA denominado KT/Koordinazioa taldea (grupo de coordinación) se encuentra integrado al menos desde 2013 por los ocho detenidos a los que ha enviado a prisión: Arantza Zulueta, Jon Enparantza, José Luis Campo, Aitziber Sagarminaga, José Miguel Almandoz, Egoitz López de la Calle, Asier Aranguren y Aintzane Orcolaga. Se trata del enlace que permite la comunicación entre la dirección de ETA (Zuba) y sus militantes en prisión y de la documentación intervenida se desprende que en el KT estarían representados el propio EPKK «a través de miembros del KT y las organizaciones y colectivos del entramado de apoyo a los presos de ETA (Herrira, Etxerat, Jaiki Hadi y el colectivo de abogados-bl)».
De tal forma que todo aquel preso que decida abandonar la disciplina de ETA o condenar su actividad deja de recibir el apoyo económico, jurídico, social y sanitario que recibía hasta ese momento. ETA y los miembros del KT, destaca el auto, organizan una red de distribución de notas (rulos o canutillos en papel cebolla como el intervenido en el despacho de abogados de la calle Elcano en Bilbao) para el intercambio de comunicaciones entre ETA y los presos de esta organización en Francia y España.
De hecho, ha citado a declarar como imputada a Naia Zurriarain -quien ya fue detenida en 2010 junto a Zulueta en otra operación contra abogados de ETA- para el próximo día 16 de enero para que explique la introducción de un «canuto o rulo con instrucciones de ETA» en el centro penitenciario Sevilla II para el interno Asier Arzallus Goñi.
El juez hace también referencia en su auto a la parte más polémica de esta operación, «el error acaecido» por la difusión anticipada de la nota del Ministerio del Interior informando de las detenciones media hora antes de que comenzaran. Ello propició, indica el auto, que los detenidos en el edificio que alberga los despachos del senador y abogado Iñaki Goioaga y de Zulueta trataran de destruir pruebas y para ello «machacaron» un pendrive, escondieron otros en cojines, arrancaron ordenadores y tres de ellos intentaron huir. Además, detectaron, quince minutos antes de la hora a la que se debía llevar a cabo el registro, «movimientos rápidos» de los asistentes, arrastre de muebles, cierre violento de puertas y «el intento de tres de los finalmente detenidos de huir del local mientras otros dos vigilaban la calle».
Por todo ello, el juez considera que las reuniones que allí celebraban eran clandestinas y «bajo la apariencia o cobertura de actividades falsamente profesionales o políticas» y que, además, todo indica que «este reducido grupo de miembros del KT, al margen de tener comunicaciones directas de la dirección de la ETA en la clandestinidad, contaba con un grado tal de autonomía» que era «como un brazo operativo más de la ETA misma».