Antonio Vercher, fiscal de sala del Tribunal Supremo y coordinador de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado, ha enviado una circular a todas las Fiscalías y cuerpos de Policía de España para informar de las nuevas aportaciones y criterios interpretativos recientes en materia medioambiental. Entre estas disposiciones, se encuentra la tipificación del delito por comisión de omisión para «todos aquellos propietarios de perros catalogados como peligrosos que paseen sueltos y ataquen a otros perros o humanos».
Al parecer, esta práctica estaba sancionada anteriormente como falta, y ahora pasa a ser un delito amparado bajo el artículo 337 del Código Penal, el cual prevé «penas de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales».
De acuerdo con Antonio Vercher, esta iniciativa se ha tomado al comprobar que «el número de casos de agresiones a canes, que vienen siendo adecuada y legalmente mantenidos por sus propietarios, por otros canes de los considerados como peligrosos, y no debidamente controlados, va en aumento».
Igualmente, Vercher ha explicado que «es cada vez más fácil observar casos de agresiones perpetradas por perros peligrosos sueltos a otros perros de los denominados normales, incluso cuando son llevados por sus legítimos dueños».
Cabe destacar que las razas de perro catalogadas como potencialmente peligrosas en España son: pit bull terrier, Staffordshire bull terrier, Staffordshire terrier americano, rottweiler, dogo argentino, fila brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu. El dóberman, el Bullmastiff, el Dogo de Burdeos, el Mastín napolitano, el Bóxer, el perro de Presa Canario y el Bull terrier.
Sin embargo, esta medida ha despertado cierta polémica entre aquellos que opinan que la peligrosidad de un perro no depende de la raza, sino de la educación que se le dé, y que es excesivo penar con cárcel a quienes lleven a este tipo de perros sin correa.