Una imagen acorde con los valores de la Policía
En mayo de 2013 la Policía Nacional decidió adecuar los requisitos de imagen corporativa y uniformidad a las dudas surgidas en los últimos tiempos. La Resolución de la Dirección General de la Policía actualizaba la Ley Orgánica 2/1986 en la que se creó el Cuerpo Nacional de Policía de la Democracia. El uso de «piercings» o de maquillaje no planteaban conflictos por aquel entonces.
Por ello, 27 años después, se introdujeron más de 30 puntos que prohibían « los usos de prendas, accesorios o añadidos que no hayan sido previamente autorizados por la Dirección General de la Policía».Prohibidas las posturas indecorosas
Aunque parezca un requerimiento obvio, la «limpieza y pulcritud» son dos exigencias básicas para el uniforme de cualquier agente, al igual que asegurarse de no llevar prendas ni más holgadas ni ajustadas.
El reglamento también advierte de que «no se adoptarán posturas contrarias al decoro propio de la dignidad del cargo que se ostente, o que causen mala imagen a la Organización policial». Los agentes deben mantener el porte y la compostura que exige pertenecer a las Fuerzas de Seguridad del Estado.
Prohibidos los «piercings» a la vista
No puede haber elementos que rompan la uniformidad de los agentes, por ello, el Cuerpo prohibe el uso de pendientes, ni de «piercings» en lugares visibles como labios o nariz.
Tampoco se pueden llevar otros adornos ajenos al vestuario policial como pueden ser pulseras o collares extravagantes.
Bien afeitados y con el pelo corto
Aunque este «manual estético» advierte que todos los agentes deben llevar el cabello «debidamente aseado», sí da unas instrucciones específicas para cada género.
El personal masculino debe permanecer «bien afeitado» mientras esté de servicio y deberá de llevar el «cabello corto» con los pabellones auditivos al descubierto. Sí está permitido llevar barba o perilla, pero siempre arregladas y aseadas.
Como requisito de seguridad, el pelo nunca podrá ocultar el nudo de la corbata.
El pelo recogido en las mujeres
En el caso de las mujeres policías, se exige que el pelo esté despejado de la cara, por lo que aquellas que lleven el pelo largo deben de llevarlo recogido. El pasado con el que se realice la coleta o el moño debe ser del mismo color que el uniforme.
Aunque no se permiten pendientes en el uniforme diario, con las prendas de Gala de Representación y Gran Gala, el personal femenino podrá llevar estas joyas siempre que su tamaño no sobrepase el lóbulo de la oreja y se lleve la pareja de accesorios igual.
Prohibido el maquillaje y los elementos «estrambóticos»
El reglamento prohibe peinados y maquillajes que puedan resultar llamativos y «extravagantes» por considerarlos «contrarios a la imagen de la organización policial que se debe trasmitir a los ciudadanos».
Tampoco se podrá llevar zapatillas o «ropa más cómoda», ya que no se permitirá «elementos de atuendo deportivo» en las comparecencias ante las Autoridades Judiciales.
Las gafas de sol
Solo pueden usar las gafas de sol en lugares abiertos y solo cuando el clima sea adecuado. Por lo que se podrá restringir su uso en algún acto si es necesario.
Prohibidos adornos y pegatinas no reglamentados
Entre las prohibiciones también se encuentra «el uso de pegatinas o adornos» sobre el uniforme y los demás herramientas de dotación policial.
Tampoco se permite «introducir el pantalón en el interior de las botas», tal y como informa esta resolución.
Fuente: http://www.abc.es/espana/20140927/abci-policia-nacional-estetica-201409241802_8.html
Y si tienes un pendientes y te lo quitas durante el servicio se puede?