El Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo a un vigilante de seguridad que fue condenado a cuatro años y medio de cárcel por atracar el supermercado de Sevilla donde trabajaba.
El vigilante J.M.G.V., junto a los dos presuntos autores materiales del atraco, fueron absueltos por falta de pruebas por un juzgado penal, pero luego la Audiencia de Sevilla anuló dicho fallo y les condenó a cuatro años y medio de cárcel por un delito de robo con violencia, con las agravantes de disfraz y abuso de confianza.La Sección Primera de la Audiencia sevillana, según el Constitucional, vulneró el derecho de los acusados a un proceso con todas las garantías al modificar los hechos probados de la sentencia y llevar a cabo una nueva valoración de las pruebas «sin respetar las garantías de inmediación y contradicción».
El atraco enjuiciado ocurrió en un supermercado de la cadena DIA, cuando dos hombres que se cubrían la cara con pasamontañas y cascos de motorista amenazaron a las empleadas y al vigilante de seguridad, se apoderaron de la recaudación y de los teléfonos móviles de los empleados y huyeron en una moto.
El vigilante fue condenado porque, según la Audiencia, fue cooperador necesario en el atraco al facilitar el acceso al establecimiento y la información necesaria.
Los tres procesados fueron absueltos porque los empleados del comercio no los identificaron, por el registro de llamadas de los móviles y por la declaración de los policías nacionales que intervinieron en la instrucción.