Condenan a la Guardia Civil por limitar el descanso de sus agentes

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Los juzgados malagueños han dictado dos sentencias en el último año contra la Dirección General de la Guardia Civil, por no respetar el tiempo mínimo de asueto entre turnos de sus agentes que establece la Orden General del cuerpo de 23 de diciembre de 2014 y obligarles a descansar menos de once horas entre uno y otro servicio. La última de estas sentencias, de 20 de julio pasado, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Málaga y ante la que no cabe recurso de apelación, condena al Instituto Armado al pago de las costas y declara nulo el nombramiento de servicios con descansos de ocho horas, con carácter general, según ha denunciado la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC).

Estos turnos se vienen aplicando en los puestos de la Guardia Civil de Málaga, según denuncia la Asociación, para cubrir la falta de personal, cuando la orden interna establece que deben respetarse las 11 horas «con carácter general» y sólo reducir este descaso por circunstancias excepcionales. Dos agentes que prestan servicio en un mismo puesto de Málaga decidieron llevar ante los Tribunales a sus superiores por estimar que utilizan la normativa «de forma torticera»y para cubrir los huecos de personal. Además, según denuncia la asociación, una vez conocida la sentencia, los mandos han decidido imponer los descansos reducidos a todo el personal del puesto del que partieron las denuncias.

Uno de los agentes denunciantes alegó que estos horarios no permiten conciliar la vida laboral y que no existe una necesidad que lo justifique. La magistrada, en el auto dictado el 20 de julio, recuerda que la normativa europea establece que los descansos deben ser «lo suficientemente largos y continuos para evitar que se produzcan lesiones» y que «perjudiquen la salud» de los trabajadores. También recoge en la exposición de motivos que existe un gran número de días en los que el descanso de los agentes es de 8 horas «sin que exista motivación», ya que considera que la existencia de vacantes en la plantilla «no es suficiente» para limitar los descansos de los agentes y recuerda que la Orden General reduce a 8 horas cuando se den razones organizativas, o por necesidades del servicio.

Fuente: http://www.malagahoy.es/malaga/Condenan-Guardia-Civil-limitar-descanso_0_1166883766.html

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