Claves de la nueva Ley de Seguridad privada

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Más poderes y mayores funciones para los vigilantes privados. Ése es el eje del nuevo proyecto de ley de Seguridad Privada que fue aprobado ayer en el Congreso de los Diputados con los votos a favor del PP, PNV y CiU y el rechazo frontal de los grupos de la izquierda. Parece repetirse la dinámica abierta a cuenta del proyecto de ley de seguridad ciudadana que el Consejo de Ministros aprobó recientemente. Descalificaciones de la oposición y réplica del Gobierno.

 

Éstas son las novedades:

Vigilancia en establecimientos

Los vigilantes privados podrán llevar a cabo, tanto en locales públicos como privados, las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión.

Posibilidad de hacer controles

Tanto de identidad, como de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, en el acceso o en el interior de inmuebles o propiedades donde presten servicio, sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal, pero sí impedir el acceso a la zona vigilada.

Subordinación a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado

En relación con «el objeto de su protección o de su actuación», los vigilantes podrán detener y poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado competentes para arrestar a los delincuentes. Se les permite también la persecución en espacios públicos de delincuentes que hayan sorprendido en flagrante delito.

Vigilancia exterior de las cárceles

El personal de seguridad privada podrá realizar la vigilancia perimetral de los centros penitenciarios y centros de estancia controlada de extranjeros, así como de otros edificios o instalaciones de organismos públicos.

Mayor regulación sobre los detectives

El cliente debe acreditar la existencia de un interés legítimo como requisito previo para que la empresa de seguridad privada acepte el servicio. Por su parte, el despacho de detectives tendrá obligación de elaborar un informe de investigación al que tendrá acceso el cliente y la autoridad judicial o policial si existe investigación en curso.

Mayor protección jurídica al personal

Las agresiones que sufran cuando actúan debidamente identificados, durante el ejercicio de sus funciones, y en coordinación o bajo mando de las Fuerzas de Seguridad, tendrán la misma calificación penal que si se hubieran cometido contra agentes de la autoridad.

Fuente:  http://www.abc.es/espana/20131211/abci-novedades-seguridad-201312102149.html

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